Enviado por José Antonio Sierra
FACUA advierte a Yoigo que subir el establecimiento de llamada a usuarios con permanencia es ilegal
La asociación insta a los consumidores a denunciar este incremento de precio pues es la compañía la que no respeta las condiciones acordadas en los contratos.
FACUA-Consumidores en Acción advierte de la ilegalidad
para clientes con contrato de permanencia de la subida del precio del
establecimiento de llamada anunciada por Yoigo en móviles. La asociación
advierte de que estos contratos no vinculan solo a los usuarios, sino también a
las compañías, que tienen que respetar las tarifas durante su vigencia.
Actualmente, Yoigo está notificando a través de un SMS
a los usuarios afectados la modificación unilateral del precio del
establecimiento de llamada: “Yoigo info: hola, desde el 15 de septiembre el
precio del establecimiento de llamada será de 20 cent. Con IVA incluido. Si no
estás de acuerdo puedes pedir baja”. Y es que el establecimiento de
llamada, que actualmente cuesta 18,15 céntimos pasa a 20 cent. por llamada.
Y es que FACUA recuerda que los clientes con contratos
de permanencia tienen derecho a que la compañía mantenga las tarifas durante su
vigencia. En este sentido, los afectados pueden denunciar a Yoigo ante las autoridades
de protección al consumidor para exigir el mantenimiento de las tarifas
contratadas o darse de baja y exigir que sea la compañía la que les abone las
penalizaciones establecidas en los contratos de permanencia por su
incumplimiento.
En el caso de clientes que están abonando un móvil a
plazos y tienen permanencia, en caso de darse de baja tienen que continuar
pagando los plazos del terminal, pero no la penalización, pues es la compañía
la que está rompiendo el contrato original.
FACUA prepara una batería de denuncias contra la
subida
Ante la ilegalidad cometida por Yoigo con esta subida
de tarifas, el departamento jurídico de FACUA está preparando una batería de
denuncias que presentará en los próximos días. Las mismas serán remitidas a la
Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), la
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Setsi), la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia (CNMC) y la Dirección General de Consumo de la
Comunidad de Madrid, donde Yoigo tiene su sede social.
La asociación recuerda que la política de modificación
continua de tarifas y otras condiciones contractuales, sin respetar ningún
compromiso temporal ni garantizar una duración mínima de los contratos, es una
práctica abusiva.
Así lo recoge la Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios, en su artículo 85, que establece como abusivas "las
cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del
empresario". Más concretamente, el artículo especifica en su punto 4
que también lo son "las que le faculten a resolver los contratos de
duración indefinida en un plazo desproporcionadamente breve", y en su
punto 7 que lo son "las cláusulas que supongan la supeditación a una
condición cuya realización dependa únicamente de la voluntad del empresario
para el cumplimiento de las prestaciones, cuando al consumidor y usuario se le
haya exigido un compromiso firme".
FACUA considera que la actitud de Yoigo y de otras
operadoras con prácticas similares convierten los servicios de
telecomunicaciones en un mercado opaco, en el que al usuario le resulta
imposible comparar y elegir la mejor opción, dado que las condiciones de
contratación terminan resultando tan efímeras que se convierten en un señuelo
para captar clientes.
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