ARRESTOS DOMICILIARIOS
Los condenados por delitos económicos, aparte de los fundamentos de sus sentencias reales, pactadas o políticas, reciben penas dispares, desde benignas a muy exageradas, que desconciertan a la opinión pública y, tanto más cuanto que su cumplimiento se gestiona también con notables diferencias y se adelanta, se retrasa, se suspende o se anula o perdona de manera igualmente incomprensible para los ciudadanos de a pie.
Meter a gente en la cárcel por delitos económicos, en general, perjudica a la sociedad y no la protege de nada, en cuanto que muchos capitales se quedan a buen recaudo, fuera de su alcance y se la carga con los gastos de mantenimiento de unas personas que se retiran de la circulación sin ser peligrosas para la vida ni la integridad física ni moral de nadie.
Las penas de cárcel podrían quedar reservadas para gentes potencialmente peligrosas por su conocida y aflorada falta de respeto por la vida y la integridad física y moral de su prójimo, criminales, asesinos, violadores y demás descarriados convivenciales prestos a reincidir en cuanto se vean ocasionalmente en situación de hacerlo.
Es lógico pensar que los delincuentes económicos, en cuanto dispongan de medios, se pueden controlar, sin que dejen de aportar contribuciones a la sociedad ni suponer un despilfarro para el erario. ¿No se ha pensado que convendría a todo el mundo tenerlos localizados y controlados con arrestos domiciliarios?
Para lograr esto, que supondría un extraordinario ahorro de millones de euros para las arcas públicas, habría que modificar la legislación española dejando sin límites de tiempo al artículo 37 del Código Penal, con la ventaja, además, de evitar cargos de conciencia, a quien la tenga, por hundir en calvarios carcelarios desmoralizadores y posibles tratos denigrantes a personas pacíficas, familiarmente y educativamente reintegrables.
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Cordialmente a 2017.03.18.03.
Juan Prada Bécares, Abogado, Promoción 9 de Abril 1952 para Defensa del Derecho a la Vida y la Integridad Física y Moral de las Personas. Académico Correspondiente de la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba.
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jueves, 23 de marzo de 2017
ARRESTOS DOMICILIARIOS (Juan Prada Bécares)
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