EL MANDATO IMPERATIVO: Prohibido por la
Constitución, pero existente de hecho en España (en sentido contrario al
democrático)
Una reflexión cultural y teórica sobre
un asunto político, pero desde luego sin ningún tinte partidista, lo que
estaría fuera de mis aficiones:
He leído en un blog ajeno, el análisis
que entrecomillo más abajo sobre "el mandato imperativo" en España,
prohibido por la Constitución, pero que "de facto" existe ante la
vista de todos.
1. Es decir, que de facto todos los
partidos se pasan la Constitución por el forro de sus caprichos y el arco del
triunfo de su señorío. Los diputados están sujetos a la dictadura de sus
cúpulas, ante las que no son señorías (sino siervos); los diputados sólo son
señorías ante el pueblo, por lo que en realidad, en política, no hemos salido
del Régimen señorial (previo a la Revolución francesa o a la Constitución de
Cádiz).
2. Vivimos en una democracia formal (te
dejan introducir cada cuatro años una papeleta en la urna, aunque luego las
señorías electas harán lo que les dé la gana: mejor, lo que les de la gana a
sus cúpulas). Pero realmente, el pueblo soberano no manda ni es soberano de
nada. Como en cualquier régimen absoluto o dictatorial anterior.
3. La prohibición del "mandato
imperativo" sobre el diputado (se refieren a la prohibición de que el
pueblo o elector mande nada al diputado; porque ya hemos visto que las cúpulas
de los partidos sí "mandan imperativamente" lo que les da la gana al
pobrecito y servil diputado), es EL QUID DE QUE HAYA O NO DEMOCRACIA.
Por eso, todas las Constituciones
pseudoliberales (en realidad, dictaduras de las cúpulas partidarias) españolas,
desde la de Cádiz de 1812 hasta la actual de 1978 se ocupan de PROHIBIR el
mandado imperativo al diputado (del pueblo al diputado, repetimos; no de sus
jefes verticales de partido)... Sólo con esa prohibición, que anula al pueblo,
el legislador que incluye tal cláusula en la Constitución sabe que la
DEMOCRACIA NO EXISTIRÁ, sino sólo un conjunto de promesas vacías.
Y por eso nunca falta, por entre medias
del articulado, como perdida entre él, la cláusula ANTIDEMOCRACIA.
4. El mandato imperativo (del pueblo a
sus procuradores: obligados estos a procurar LO QUE SE LES HABÍA ENCARGADO, y
no otra cosa) fue la base de los procuradores históricos en Cortes de Castilla.
Es la democracia. O para adjetivarla de alguna forma es la "democracia
castellana". Y es, como acabamos de ver, la única forma de democracia
REAL.
5/ Y eso, traducido al lenguaje de
nuestros días, consistiría en que el PROGRAMA ELECTORAL fuera de obligado
cumplimiento; al menos, las promesas principales; las cinco, las diez primeras
del programa, por ejemplo.
6. Así que, partidos españoles o
mundiales que quieran seguir el único camino posible hacia la democracia, ya lo
saben: Que el "mandato imperativo" sea del pueblo a sus
representantes dependientes, no de las cúpulas de los partidos a sus siervos en
los Parlamentos.
Ese es el quid de la democracia... Y, si
no, no.
Aquí va un enlace donde se exponen
-mediante una comedia teatral bastante divertida- estas cuestiones y otras más:
Y ahora, el entrecomillado ajeno
-ciertísimo- que ha dado origen a mis reflexiones anteriores.
"El mandato imperativo y la
disciplina de voto
No es ningún secreto que en España, así
como en otros países, los partidos dicen a sus diputados qué, cuándo y cómo
votar. Este hecho, aparentemente inocente, presenta unas consecuencias que, por
su importancia, merecen ser señaladas: la primera es que desplaza el poder del
Parlamento a las cúpulas de los partidos –los auténticos centros decisorios–,
mientras que la segunda es que se está aplicando, aunque sea de facto, el
mandato imperativo que prohíbe la Constitución es su artículo 67.2.
Por tanto, tomando este despropósito como
punto de partida, ¿por qué no reducir los 350 escaños del Parlamento a tantos
como formaciones haya representadas en él? De esta manera, bastaría con asignar
a cada uno de los grupos de la cámara un número de votos equiparable al
porcentaje de apoyos que obtuvo en las elecciones. Ese cambio, que al menos
ahorraría algunos recursos, podría acometerse debido a que la deliberación
parlamentaria actual es poco más que una mera escenificación".
Juan Carlos Calomarde García".
Por el artículo, en general, firmado:
Juan Pablo Mañueco