UNA MENTIRA PUEDE SER MADRE DE CIEN HIJAS
Cobarde expresión de una maldad desencadenante de daños en el prestigio de las personas, que queda permanentemente bajo dudas.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
- CAPÍTULO III - De la extorsión
- Artículo 243 - El que, con ánimo de lucro, obligare a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero, será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años, sin perjuicio de las que pudieran imponerse por los actos de violencia física realizados.
¿Alguien ha probado haber sido obligado por Manos Limpias, con violencia o intimidación, a realizar u omitir algún acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero?
Acusados de extorsión y detenidos, los responsables del “sindicato”, aunque fueran exonerados de la imputación por no ser judicialmente ratificada, presentadores ellos mismos de denuncias desestimadas, arrastrarán siempre un descrédito soterrado y ramificable.
Comunicación 2016.04.23: “Puntualizaciones terminológicas”.
Promoción de Defensa del Derecho a la Vida y la Integridad de las Personas