domingo, 12 de febrero de 2017

Ni Listas Cerradas, Ni Listas Abiertas.(MCRC Paco Bono)

Ni Listas Cerradas, Ni Listas Abiertas.

Paco Bono


Movimiento de Ciudadanos hacia la República Constitucional –MC RC
DIARIO ESPAÑOL De la República Constitucional


No se equivoquen, señores, las listas abiertas resultan tan fraudulentas y antidemocráticas como las listas cerradas, puesto que en ambos casos hay un dedo que las redacta: el aparato del partido estatal. ¿Cuál es el fin de una lista? La sumisión al dictador del listado. Una lista jamás puede ser canal de representación, porque la representación política consiste en el desarrollo unitario de la voluntad colectiva. Sólo un diputado puede ejercer la representación de un distrito, en tanto en cuanto, ese distrito, que Antonio García-Trevijano descubre y denomina “mónada” en su libro Teoría Pura de la República, constituye la unidad mínima de poder político.
Los distritos provinciales establecidos en España son una inutilidad, una farsa, porque es imposible que cumplan con el principio colectivo de poder ni con el fin unitario de representación. La representación debe ser ejemplar, en tanto en cuanto, el diputado único electo por distrito actúa como transmisor de un mandato imperativo, por el cual está obligado a cumplir con los compromisos que ha adoptado para con sus electores; pero también ha de ser abarcable, por lo que un distrito electoral no debe superar los 100.000 habitantes.
Quisiera ilustrar el concepto con un ejemplo. Imaginen una urbanización con veinte calles transversales a una gran avenida. Esa urbanización necesita un gobierno y una asamblea legislativa. Pongamos por caso que se decide instaurar la democracia representativa como forma de gobierno de la urbanización. En cada una de las calles se establece un distrito electoral en el que los propietarios deben elegir a un representante. Una vez celebrados los comicios, los diez representantes de distrito pasan a conformar una asamblea en la que se debate, por ejemplo, la normativa común de la urbanización y se reglamentan los usos de los bienes y espacios comunes, es decir, se legisla.
¿Pero quién ejecuta esa ley? ¿Quién gobierna la urbanización? Un presidente, con posibilidad de formar un grupo de gobierno de dos o más colaboradores. En su elección participan los propietarios de las viviendas de las diez calles, constituyendo un solo distrito. Fíjense bien en el resultado: el representante de cada calle actuaría como diputado y participaría en la legislación; el presidente de la urbanización conformaría el ejecutivo y gobernaría. Cada cual tiene su cometido. Los habitantes de la urbanización podrían vivir tranquilos y dedicarse a sus vidas.
¿Y si establecemos la democracia directa? Dirán algunos. ¿Democracia directa? ¿Qué es eso? ¿Acaso la mayoría de los habitantes de esa urbanización como los que conforman cualquier sociedad civil pueden perder su valioso tiempo con la política? No. La representación ciudadana conlleva la seguridad de que alguien está obrando por ti según la voluntad de la mayoría de los electores. Bien es cierto que hay temas trascendentales que se pueden abordar mediante la celebración de una consulta ciudadana, pero no es el caso de la multitud de asuntos menores que ocupan a un representante de distrito. ¿Y si no cumple con lo comprometido? Sencillo, se le cesa.