En EE.UU. se sigue un sistema de registro de delincuentes sexuales en Internet y se da aviso a los vecinos de la presencia de delincuentes sexuales cuando han salido de prisión.
Tenía 26 años, hablaba español, inglés, italiano y como muchos de nuestros jóvenes, y no tan jóvenes, sufría la lacra de no tener un puesto de trabajo fijo, pese a haber sacado una carrera universitaria y contar con la preparación y las ganas para ejercer su profesión de profesora. Era interina, no había sacado las oposiciones, pero estaba dispuesta a buscarse la vida para poder trabajar, aunque para ello tuviese que irse lejos de su casa. Allí tuvo la mala suerte de encontrase con una bestia que para satisfacer sus deseos sexuales acabó con su vida.
Laura retuiteó, en enero de 2015, un mensaje que decía: “Te enseñan a no ir sola por sitios oscuros en vez de enseñar a los monstruos a no serlo. Ese es el problema”. Pero no, ese no es el problema. El problema es creer que se puede domesticar a la bestia para soltarla sin más en las calles poniendo a su alcance a todas las Lauras que ni siquiera son conscientes de la amenaza que las acecha.

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La reeducación y reinserción social por supuesto que han de ser las metas de las penas privativas de libertad que se imponen a los criminales. Pero no debemos olvidar que las penas tienen una función preventiva de protección de la sociedad no inferior en importancia a la reinserción social. Se dirá que, lograda la reinserción, el peligro para la sociedad también desaparece. Razonamiento impecable si el tratamiento penitenciario fuese capaz de “enseñar a los monstruos a no serlo”, pero sería ingenuo creer que tal meta se puede lograr con la asistencia a unos cursillos mientras dura la privación de libertad, cuando la realidad demuestra una y otra vez el elevado riesgo de reincidencia que presentan los depredadores sexuales y los estudios de los expertos concluyen que la imposición de un tratamiento obligatorio está abocado a su fracaso.
Ante este panorama, el endurecimiento de las penas para este tipo de delitos sin duda constituye una medida que enfatiza la esencial función preventiva del Derecho penal. Por ello la prisión permanente revisable supone un avance en la protección de la mujer cuando la violación se ve acompañada del asesinato. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos distingue, entre prisión perpetua ineludible, contraria a los derechos consagrados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, por un lado, y por otro, la prisión perpetua discrecional, que permite la excarcelación del condenado cuando no suponga un peligro para la sociedad, entendiendo que esta última es conforme al Convenio.
Sin embargo, sería deseable implantar medidas de carácter preventivo. Si acudimos al Derecho comparado, en EE.UU. se sigue un sistema de registro de delincuentes sexuales en Internet y se da aviso a los vecinos de la presencia de delincuentes sexuales cuando han salido de prisión. En los estados de California, Florida, Georgia, Oregón y Wisconsin, está prevista la castración química de los delincuentes sexuales reincidentes. En Australia existe un registro nacional de autores de delitos sexuales. Las autoridades pueden encerrar al delincuente sexual de forma indefinida, impedirle la relación con el exterior sin un supervisor y recomendarle la castración química voluntaria. En Francia, a partir de 1998 se instaura como obligatorio un seguimiento a los reincidentes sexuales que abandonan la prisión, incluyendo atención médica a cargo de dos facultativos y todo condenado por este tipo de delitos viene obligado a declarar cualquier cambio de domicilio, existiendo un fichero específico de delincuentes sexuales. En Gran Bretaña existe un sistema de control con tecnología GPS para el seguimiento de delincuentes sexuales.
En España seguimos preocupándonos más por los derechos del delincuente que por los derechos de las víctimas, quizá sea hora de ir otorgando primacía a la protección de la sociedad.