Información
Iniciativa Comunales es una organización por la defensa y el reconocimiento
de los usos comunales y las Áreas Conservadas por Comunidades Locales en España
Impressum
La Iniciativa
Comunales somos un grupo de trabajo formado por representantes de comunidades
que gestionan usos comunales (cofradías de pesca y marisqueo, montes de socios,
en mano común y comunales, sociedades de caza, juntas de pastos y de riego,
etc.), ONG que trabajan en la defensa de estos usos y la conservación de la
naturaleza, y grupos de investigación que estudian y defienden estos usos.
El próximo 26 de Septiembre tenemos una cita con los Usos Comunales: La
presentación pública de la "Declaración de Valdeavellano de Tera" por
el reconocimiento y defensa de los Usos Comunales en España.
Firmantes: Asociación Forestal de Soria,
Asociación Galega de Mariscadoras/es, Asociación Nacional Micorriza, Asociación
Transhumancia y Naturaleza, Comunidade de Montes de Vilar de Triacastela,
Federación Estatal de Entidades Locales Menores, Federación Estatal de
Pastores, Foro Asturias Sostenible, Fundación Entretantos, Fundación LonxaNet,
Grupo de Estudios da Propiedade Comunal (IDEGA), ICCA Consortium, Mancomunidade
de Montes en Man Común de Pontevedra, Montenoso, Plataforma Rural, Proyecto
Evaluación de los Ecosistemas del Mileno de España, Proyecto Montes de Socios,
Red de Comunidades de Pescadores Artesanales para el Desarrollo Sostenible,
Silene, Sociedad Española de Ornitología/ BirdLife, Unión de Tecores e
Cazadores - Caza Social de Galicia y Unión Nacional de Asociaciones de Caza.
Extracto-resumen de la Declaración de
Valdeavellano de Tera por la defensa y reconocimiento de los usos comunales y
las Áreas Conservadas por Comunidades Locales (ICCA) en España:
“Los abajo firmantes
declaramos:
Que los usos comunales y sus bienes y derechos asociados (pesca, pastos, caza, bosques, riegos y otros) forman parte del Patrimonio Cultural (incluido el Inmaterial), Ambiental y Socio-económico de España. Que actualmente los usos comunales son en España una forma usual, exitosa y extendida de gobernanza de nuestro patrimonio natural y cultural. Montes en mano común, de socios, vecinales o comunales, cofradías de pesca o marisqueo, juntas de pastos, de valle, y vecinales, facerías, corrales de pesca, sociedades de caza, acequias de careo, parzonerías, ledanías y otras formas de gobernanza gestionan varios millones de hectáreas con alto valor natural, económico y cultural y son la expresión del empoderamiento y participación de cientos de miles de ciudadanos en la gestión participativa, directa, resiliente y sostenible de los recursos locales. Que se deben reconocer, apoyar, promocionar y proteger cada uno los tres pilares básicos que deben caracterizar los usos comunales: Comunidad, Gobernanza y Conservación de la Naturaleza. Que en España existe una grave falta de reconocimiento de su valor desde las administraciones públicas y un gran desconocimiento por parte de la sociedad, siendo urgente en este sentido reivindicar el papel social, económico y ambiental de estos usos y su potencial para la conservación de la naturaleza, el desarrollo del mundo rural y la sociedad en general. Que para poder garantizar la supervivencia de la gran riqueza y variedad de formas de titularidad y gestión colectiva, es necesario fomentar nuevas alianzas y sinergias, desde el nivel local al global, basadas en la participación de base, el empoderamiento de las comunidades locales y el enfoque participativo (“de abajo a arriba”). Que por los motivos anteriormente expuestos debe ser una prioridad de las propias comunidades comuneras, de las distintas administraciones y la sociedad en su conjunto el velar por la protección y el reconocimiento de dicho patrimonio colectivo, con el objetivo de garantizar la transmisión de este patrimonio para disfrute de las generaciones futuras sin ningún tipo de menoscabo en sus valores económicos, sociales y ambientales.”
Extracto-resumen de la Declaración de Valdeavellano de Tera, de 7 de octubre de 2013.
Que los usos comunales y sus bienes y derechos asociados (pesca, pastos, caza, bosques, riegos y otros) forman parte del Patrimonio Cultural (incluido el Inmaterial), Ambiental y Socio-económico de España. Que actualmente los usos comunales son en España una forma usual, exitosa y extendida de gobernanza de nuestro patrimonio natural y cultural. Montes en mano común, de socios, vecinales o comunales, cofradías de pesca o marisqueo, juntas de pastos, de valle, y vecinales, facerías, corrales de pesca, sociedades de caza, acequias de careo, parzonerías, ledanías y otras formas de gobernanza gestionan varios millones de hectáreas con alto valor natural, económico y cultural y son la expresión del empoderamiento y participación de cientos de miles de ciudadanos en la gestión participativa, directa, resiliente y sostenible de los recursos locales. Que se deben reconocer, apoyar, promocionar y proteger cada uno los tres pilares básicos que deben caracterizar los usos comunales: Comunidad, Gobernanza y Conservación de la Naturaleza. Que en España existe una grave falta de reconocimiento de su valor desde las administraciones públicas y un gran desconocimiento por parte de la sociedad, siendo urgente en este sentido reivindicar el papel social, económico y ambiental de estos usos y su potencial para la conservación de la naturaleza, el desarrollo del mundo rural y la sociedad en general. Que para poder garantizar la supervivencia de la gran riqueza y variedad de formas de titularidad y gestión colectiva, es necesario fomentar nuevas alianzas y sinergias, desde el nivel local al global, basadas en la participación de base, el empoderamiento de las comunidades locales y el enfoque participativo (“de abajo a arriba”). Que por los motivos anteriormente expuestos debe ser una prioridad de las propias comunidades comuneras, de las distintas administraciones y la sociedad en su conjunto el velar por la protección y el reconocimiento de dicho patrimonio colectivo, con el objetivo de garantizar la transmisión de este patrimonio para disfrute de las generaciones futuras sin ningún tipo de menoscabo en sus valores económicos, sociales y ambientales.”
Extracto-resumen de la Declaración de Valdeavellano de Tera, de 7 de octubre de 2013.

En sus comienzos como novelista sus dos primeras obras están ambientadas en su ciudad natal, Limerick, Irlanda, pero es a lo largo de la toda la década de los treinta y después cuando España se convirtió en su inspiración literaria y existencial llegándole a proporcionar un caudal de inagotables recursos que se reflejaría en dos de sus novelas más conocidas, Mary Lavelle (1936; traducida al español como Pasiones rotas) y Esa Dama (1946), un libro de viajes Adiós España (1937) y una de las mejores biografías de la lengua inglesa de la mujer que más admiró, Santa Teresa, titulada Teresa de Ávila (1951).
Pero es ya en su libro Adiós España donde Kate O’Brien da rienda suelta a sus preferencias personales, y de nuevo Castilla, sus ciudades, sus gentes y costumbres, destacan muy por encima de otros lugares. Elaborado en unos pocos meses, en pleno conflicto español, el libro es su respuesta personal como pacifista convencida ante el horror, la indignación y la rabia que le produjo el golpe militar. De hecho, intercala evocaciones nostálgicas de lugares, escritores, cuadros, paisajes, gentes, de los que ahora teme su aniquilación por la barbarie y la destrucción, con comentarios de total rechazo del golpe militar encabezado por Franco, y el resultado son brillantes momentos del pasado en torno al legado artístico y cultural del país, de todo aquello que significa permanencia y tradición cuya contemplación produce placer y da sentido a la vida, frente a momentos más siniestros, vulgares e intimidatorios del presente dominado por una guerra devastadora que está ensangrentando el país.
Defensora a ultranza de la libertad individual por encima de todo, y en parte como respuesta a los líderes autoritarios y dictatoriales del momento, Kate O’ Brien empezó a escribir en 1943 la novela que más éxito le proporcionó de toda su carrera literaria, titulada Esa Dama, publicada en 1946. Ambientada en la España del siglo XVI, adapta a su manera la figura enigmática de Ana de Mendoza, princesa de Éboli, para crear una preciosa novela histórica en la que muestra a una mujer capaz en todo momento de vivir de acuerdo con sus creencias, de sacrificar su reputación y libertad defendiendo su derecho a vivir a su manera, al margen de todo tipo de imposiciones, incluyendo las de Felipe II, que es visto como un rey déspota, insensible y acostumbrado a ejercer un poder absoluto incontestable. La figura de Santa Teresa aparece mencionada repetidamente como una gran mujer, valiente y emprendedora, que todo el mundo admira y respeta excepto Ana de Mendoza. Su carácter orgulloso, dominante y altivo choca con el magnánimo temperamento de Santa Teresa de Ávila, con quien Ana tuvo relación y a quien ayudó a fundar dos conventos carmelitas. Ana nunca perdonó su oposición a su vano intento de ingresar como religiosa en uno de los conventos, y precisamente en la novela se refleja en distintos momentos su antipatía hacia la labor reformadora de la santa, su total animadversión, y la imborrable sensación de humillación y ridículo que le produjo la negativa. El éxito de Esa Dama fue rotundo tanto en Gran Bretaña como en Estados Unidos; además fue adaptada al teatro y estrenada en Broadway y luego en Londres, y llevada al cine en 1955.