martes, 14 de abril de 2015

Islam mal consentido

EL PRECIO DE DAR LA CARA POR COBARDICAS Y TRAIDORES.
 
Transcribo esta información recibida:
2014.11.15

Imran Firasat es un ciudadano de origen pakistaní. Fue perseguido y torturado en su país por casarse con una mujer budista, también torturada.
En 2006 adquirió el asilo político en España  por razón de persecución debida a sus opiniones hacia el Islam.
En julio de 2010 viajó junto con su familia a Indonesia, país de origen de su esposa, de donde fue deportado y vuelto a España, quedando retenida su esposa con sus tres hijos.
En agosto de 2010 Indonesia envió una Orden de detención a la Interpol, que comunicó al Gobierno de España la solicitud de extraditar al fugitivo Imran Firasat, para cumplir la condena de 15 años, por un supuesto delito de asesinato, impuesta en un proceso de ocho días, en ausencia del acusado, sobre una supuesta delación sin pruebas y con otras varias irregularidades.
En 2011 España deniega la solicitud de extradición de Indonesia por razón del estatuto de asilado de Imran Firasat, pero, debido al aumento de la actividad crítica hacia el islam por parte de Imran Firasat, con películas, la quema pública del Corán y el envío a las embajadas de la Liga Árabe de un manifiesto (www.mundosinislam.com), el Estado español incoa el procedimiento de revocación del Estatuto de Refugiado, ¡por el peligro para la seguridad del Estado que ocasiona su actividad anti islámica!.
El Ministerio del Interior revoca el estatuto de asilo de Miran Firasat en 2012 y su decisión se confirma por el Tribunal Supremo en 2014.
Entremedias Indonesia vuelve a solicitar su extradición en 2013, no como previamente condenado, sino para ser juzgado y, una vez confirmada la revocación del estatuto de asilo por el Tribunal Supremo, el Gobierno de España accede a la extradición, incoando el correspondiente procedimiento.
Ante su inseguridad manifiesta, Imran viaja a Noruega en solicitud de ayuda, que se le niega, siendo reconducido a España.
En España se acuerda su prisión provisional con aislamiento, ¡para garantizar su seguridad e integridad física dentro de la cárcel!.
Se realiza el juicio correspondiente en la Audiencia Nacional, en el que la defensa para demostrar la improcedencia de la extradición expone principalmente:
1.Informes de las Organizaciones Internacionales de Derechos Humanos de la situación en Indonesia, destacando los actos de tortura en prisión, penas inhumanas y degradantes, corrupción de las fuerzas de seguridad, falta de condiciones en las cárceles, intolerancia religiosa y otras múltiples violaciones del artículo 3 del CEDH (Convenio para la Protección de los Derechos Humanos).).
2. El perfil de Imran Firasat relacionado con su actividad crítica de Islam, sufrimiento de insultos en los medios de comunicación islámicos de Indonesia (recortes de prensa), correos electrónicos y llamadas de teléfono con amenaza de muerte y agresiones con lesiones denunciadas.
3. Documentos probatorios y jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional que demuestran las irregularidades de la orden de detención de Indonesia, y que en el caso de extradición se produciría su ejecución ejemplarizante con vergüenza para los poderes públicos españoles como responsables indirectos de tal resultado previsible.
El Ministerio Fiscal consideró irrelevantes los argumentos de la defensa, insistiendo en la extradición.
La Audiencia Nacional acuerda la extradición solicitada por Indonesia, un país dominado por musulmanes radicales, con la Ley de Sharia en activo, por hechos presuntamente manipulados en un procedimiento manifiestamente irregular, que no toma en cuenta ninguna de las razones expuestas por la defensa ni por el mismo Miran Firasat en el Juicio.
¿Qué va a ocurrir si efectivamente Imran Firasat es extraditado a Indonesia y se le mata o, por alguna extraña casualidad no se le corta la cabeza ni se le mete en una mazmorra de tortura por lo que dure?. Allí no se le quiere y en España tampoco, como se está demostrando. Tendría que ser deportado a su país de origen, Pakistán, en el que, siendo cristiano convertido, le espera también la muerte segura por blasfemia y apostasía que imponen las leyes penales del país.
Ahora, la defensa de Miran Firasat está utilizando todavía los mecanismos que procedan y ha interpuesto un recurso de súplica, por lo que, quien le informa, como abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, está precisado del apoyo de todos los que puedan contribuir a salvar la vida de un ser humano, enfrentado con un riesgo que nos puede afectar a todos y se le está dejando tomar fuerza.


Enlace: ISLAM ÚNICO, de Wafa Sultan.
Cordialmente. 2015.04.12
Juan Prada Bécares, Abogado, Promoción 9 de Abril 1952 para Defensa del Derecho a la Vida y la Integridad Física y Moral de las Personas.


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